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La firma electrónica y su marco normativo
La firma electrónica y su marco normativo
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Escrito por Maureen André
Actualizado hace más de una semana

Además de simplificar el proceso de firma de documentos, la firma electrónica de Yousign es segura y está certificada por la UE.

El 23 de julio de 2014, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea aprobaron el reglamento europeo para la identificación electrónica y los servicios de confianza para transacciones electrónicas, también denominado eIDAS. Su objetivo es establecer un "mercado digital de confianza" entre los Estados miembros. El eIDAS y la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, regulan el uso de la firma electrónica.

Según el Real Decreto-ley 6/2020, un documento electrónico gozará del mismo valor que un documento manuscrito siempre que conste la identidad del firmante y se garantice la integridad del documento.

Nuestro socio Yousign pertenece a las autoridades de certificación europeas cualificadas. La lista está disponible en la web de la Comisión Europea.

Según el eIDAS, “una firma electrónica corresponde a datos en formato electrónico, que se adjuntan o se asocian lógicamente a otros datos en formato electrónico y que el firmante utiliza para firmar". yousign.com

El eIDAS determina que una firma electrónica debe cumplir los siguientes criterios:

  • Respetar las normas de firma del ETSI, el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicación, y del Reglamento eIDAS relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior de la Unión Europea

  • Utilizar un certificado electrónico

  • Contar con un sistema de verificación de la identidad del firmante

Demostrar que el documento no se ha modificado desde su firma yousign.com

¿Qué tipo de firma utiliza Yousign?

El eIDAS define tres tipos de firma electrónica: simple, avanzada y cualificada. En este caso, utilizamos la firma simple, más rápida de usar.

Una firma digital se considera simple. Sin embargo, Yousign ha decidido reforzar el proceso añadiendo un paso de autenticación del firmante mediante el envío de un código por SMS. Así, es imposible refutar o impugnar una firma de documentos. Este paso no es obligatorio en este tipo de firma, pero le confiere un valor jurídico real.

Mediante la autenticación, es posible elaborar un registro con sello de tiempo. En este archivo pueden figurar la dirección IP, la dirección de correo electrónico del firmante, su número de teléfono móvil... Arkhineo es un sistema de archivado digital certificado por la UE que se encarga de almacenar este tipo de registros durante diez años.

¿Cuál es la validez de la firma electrónica en la UE?

Recordemos que el eIDAS regula el uso de la firma electrónica dentro de la Unión Europea.

Cada Estado miembro aplica este reglamento, que se ha transpuesto a su legislación nacional, y debe, obligatoriamente: "identificar a los proveedores de servicios de confianza conformes al eIDAS y expedirles una certificación reconocida en toda Europa".

Cabe señalar que la firma electrónica puede utilizarse en todas las profesiones y sectores de actividad.

El uso de la firma electrónica es, por tanto, conforme y está reconocido en los Estados miembros de la UE para la mayoría de los documentos "corrientes", como los contratos de trabajo o de arrendamientos comerciales.

No obstante, es importante extremar las precauciones, ya que cada país puede presentar sus propias particularidades y exigir un nivel de firma específico para algunos documentos.

Por ejemplo, en Alemania, las actas notariales no pueden firmarse electrónicamente. Consulta este artículo si te interesan las particularidades de Alemania.

¿Deseas más información sobre el marco normativo y el valor jurídico de la firma electrónica? En la web de Yousign.com encontrarás más información:

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